Gacetilla de Prensa
En el marco de la Ley de Control de Tabaco

DESDE AHORA PAQUETES DE CIGARRILLOS Y PUBLICIDAD DE TABACO DEBERÁN INCLUIR FOTOS Y MENSAJES SOBRE EL DAÑO QUE PROVOCA EN LA SALUD



Con la firma del ministro Manzur, la regulación de la publicidad de cigarrillos y productos elaborados con tabaco fue publicada hoy en el Boletín Oficial.

En sintonía con las medidas implementadas internacionalmente, desde ahora en Argentina los paquetes de cigarrillos deberán incluir una imagen y un mensaje sanitario que advierta sobre los efectos nocivos de los mismos, al tiempo que la publicidad gráfica de los productos elaborados con tabaco deberá estar acompañada por la advertencia sanitaria “FUMAR CAUSA CÁNCER”, entre otros mensajes establecidos por la nueva normativa.

La imagen de un pulmón sano y uno de un fumador junto al lema “Fumar causa enfisema pulmonar”; la foto de un pie engangrenado acompañado de la frase “Fumar puede causar amputación de piernas”; una radiografía toráxica con una “mancha” de colillas de cigarrillo y la leyenda “Fumar causa cáncer”, son algunos de los 10 mensajes que deberán incluir los paquetes de cigarrillos y publicidades de productos elaborados con tabaco a partir de ahora.

Así se desprende de la resolución 497/2012 del Ministerio de Salud de la Nación, que con la firma del ministro Juan Manzur, fue publicada hoy en el Boletín Oficial. De esta forma, la Normativa Gráfica de Empaquetado, Venta y Consumo de Productos de Tabaco, viene a completar uno de los ejes regulados por la Ley de Control de Tabaco (26.687), promulgada por la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, en junio del año pasado.

“Hay estudios a nivel internacional, especialmente en los países que tienen más antigüedad en la implementación de estas medidas, como Brasil y Canadá, que generan el estímulo en los fumadores de querer dejar de fumar; también reduce el valor de marketing que tiene el paquete de cigarrillos para los chicos, y ayuda a que las personas no fumen dentro del hogar; en definitiva, ayuda a tomar conciencia sobre el daño que causa el hábito de fumar porque enfrenta al consumidor con otra realidad”, señaló Mario Virgolini, Coordinador del Programa Nacional de Control de Tabaco de la cartera sanitaria nacional.

La Ley, que tiene por objeto reducir el consumo de productos elaborados con tabaco, disminuir al mínimo la exposición de las personas a los efectos nocivos del humo de productos elaborados con tabaco y reducir el daño sanitario, social y ambiental originado por el tabaquismo, entre otros, establece que en la publicidad o promoción de los productos de tabaco deben incluirse mensajes sanitarios y pictogramas de advertencia sobre el daño que produce el hábito de fumar.

“Este es un avance enorme respecto de la leyenda anterior que rezaba “Fumar es perjudicial para la salud”, ya que se trataba de un mensaje fijo que lleva más de 30 años y que era más funcional a las tabacaleras que a la ciudadanía, en tanto protegía a la industria de potenciales acciones legales de los consumidores”, indicó Virgolini y agregó que “ante una demanda, las tabacaleras planteaban que las personas ya estaban advertidas de los daños que puede ocasionar el hábito de fumar”.

La norma exige que los paquetes de cigarrillos incluyan en uno de sus laterales información sobre el servicio gratuito para dejar de fumar que suministra la cartera sanitaria nacional. “PARA DEJAR DE FUMAR 0800 999 3040 www.msal.gov.ar/tabaco Ministerio de Salud de la Nación”, será la leyenda que deberá constar dentro de un rectángulo de fondo negro con letras blancas sobre uno de los lados de los paquetes.

Virgolini destacó que las pautas para la publicidad fijadas por la resolución “están en línea con las recomendaciones a nivel internacional, tanto de la Organización Mundial de la Salud, como las del Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT), que establecen la necesidad de que las advertencias sean con imágenes, rotatorias, y grandes respecto del tamaño del paquete”, dijo y agregó que “algunos países como Uruguay, lo llevaron al 80 por ciento respecto del tamaño del paquete y nosotros estamos en el 50 por ciento, que es lo recomendado”.

La resolución establece además que para la cartelería, tanto en el interior de los lugares de expendio así como en los puntos de venta, distribución y entrega, deberá exhibirse un cartel de tamaño no inferior a 20 centímetros de lado, con la leyenda “Prohibida la venta, distribución, promoción o entrega, bajo cualquier concepto de productos elaborados con tabaco a menores de 18 años. Lay 26.687. 0800 999 3040 controldetabaco@msal.gov.ar”.

Sobre las formas de los mensajes

La norma establece que las advertencias deberán ocupar el cincuenta por ciento del dorso de los paquetes de cigarrillos, en tanto que, la imagen ocupará un cincuenta por ciento del frente de los mismos.

Los mensajes son: “Fumar causa cáncer”, "Fumar causa adicción", "Fumar causa enfermedades cardíacas y respiratorias", "El humo de tabaco es causa de enfermedad y muerte", "Fumar causa muerte por asfixia", "La mujer embarazada que fuma causa daños irreparables a su hijo", "Fumar causa enfisema pulmonar", "Fumar causa impotencia sexual", "Fumar quita años de vida", "Fumar puede causar amputación de piernas". (Ver archivos adjuntos)

Buenos Aires, 23 de Abril de 2012
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